diciembre 19

Cómo pedir el subsidio por insuficiencia de cotización: paso a paso

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¿Qué ocurre cuando has estado cotizando, pero no llegas al mínimo de 360 días requerido para solicitar la prestación por desempleo? Esta situación la enfrentan cada día muchas personas debido al complicado panorama que estamos viviendo en estos años, por eso existe el subsidio por insuficiencia de cotización. En este artículo te contamos todo lo que tienes que saber sobre él y te resolvemos cualquier duda que te pueda surgir. 

Qué es el subsidio por insuficiencia de cotización

También conocido como subsidio por cotización deficiente es una ayuda que pueden solicitar las personas desempleadas, siempre y cuando no hayan cotizado el mínimo correspondiente de 360 días que se precisan para acogerse a la prestación contributiva (paro).

En el momento de presentar la solicitud y calcular el tiempo durante el que vas a cobrar la prestación, deberás tener en cuenta si tienes cargas familiares o no. 

El Servicio Público de Empleo (SEPE) entiende por cargas familiares a los hijos menores de 26 años o a las personas discapacitadas que comparten hogar con el solicitante. 

Se considera pérdida voluntaria de empleo estar en alguno de estos supuestos: 

  • Cese del período de prueba. 
  • Despido. 
  • Finalización del contrato temporal. 
  • Quién haya trabajado en el extranjero y retornó a España. 
  • Baja voluntaria del puesto de empleo por no estar conforme con algunos términos de la relación laboral tales como modificación de horario o jornadas de trabajo extras. 

Antes de realizar la solicitud te recomendamos verificar el número de cotizaciones que posees para que puedas evaluar si es mejor optar por este subsidio o esperar a completar las 360 cotizaciones. 

Si has encontrado trabajo temporal e interrumpes la ayuda podrás reanudar el subsidio por insuficiencia de cotización, pero tienes que cumplir con los requisitos necesarios para ello. 

Requisitos del subsidio por insuficiencia de cotización

 Para poder presentar la solicitud, deberás acreditar que cumples estos requisitos: 

  • Estar en paro y dado de alta como demandante de empleo. 
  • No haber acumulado el periodo mínimo de cotización de 360 días. 
  • Tener cotizado por desempleo durante al menos 6 meses si no cuentas con cargas familiares o en 3 meses en el caso de tenerlas. 
  • Firma un acuerdo de compromiso de actividad, o dicho de otra manera, si el SEPE se comunica contigo para realizar una entrevista de trabajo o algún curso de formación, no puedes negarte. 
  • No poseer rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (no superar los 723,75 euros que son en 2021). Ten en cuenta que si pides el subsidio con cargas familiares harán una doble comprobación: que no tengas ingresos superiores a la cantidad que te hemos dicho antes y que la media de ganancias de la unidad familiar no supere ese tope por miembro. 
  • Si el desempleado es mayor de 52 años tendrá derecho y percibirá el “Subsidio por desempleo para mayores de 52 años”. 

Estos requisitos necesitas cumplirlos si vas a pedir el subsidio por primera vez y también cuando renuevas cada 6 meses. 

Cuantía económica y duración

La cuantía mensual del subsidio por desempleo será igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Se efectuará su pago por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el abono. En 2021 asciende a 451 euros mensuales.

Su duración variará en función de si el solicitante tiene cargas familiares o no. También se tendrá en cuenta estos dos factores: 

  1. Los meses que hayas cotizado. 
  2. Si hay personas a tu cargo. 

Para aquellos desempleados con responsabilidades familiares: 

  • Si han cotizado durante 3 o 4 meses recibirá la ayuda correspondiente a ese tiempo.
  • Si has trabajado entre 6 y 12 meses, en ese caso el subsidio durará 21 meses, siendo primero de 6 meses y luego podrás solicitar tres prórrogas de la misma duración. 

Si no hay responsabilidades familiares deberás haber cotizado al menos 6 meses para que puedas solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización y la duración de este será de 6 meses.

Mientras percibes la ayuda el SEPE ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia.

cuantía económica y duración

En un subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años, el SEPE también deberá cotizar para la jubilación. Por lo que se usará como base de cotización el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Si el desempleo es menor de 52 años y ha justificado un período de ocupación cotizada de 180 días o más, el Servicio Público de Empleo Estatal abonará las cotizaciones por jubilación a la Seguridad Social durante un período de 60 días, a partir de la fecha en que se produzca el derecho al subsidio. Así que aplicará como base de cotización el tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Valores mensuales y anuales del SMI y del IPREM

Desde 01 de enero de 2021 hasta 31 de agosto de 2021SMIIPREM
MENSUAL950.00 €.564,90 €
ANUAL13.300 € (14 pagas).6.778,8 €
Desde 01 de septiembre de 2021 hasta 31 de diciembre de 2021SMIIPREM
MENSUAL965,00 €564,90 €
ANUAL13.510 € (14 pagas)6.778,80 €

Cómo solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización

Llevar a cabo esta solicitud es bastante sencillo. Te contamos a continuación como puedes realizar este trámite, qué documentación precisas y cuáles son los plazos. 

Trámites y plazos

Desde el momento en que finalices el contrato, tengas tu carta de despido o el certificado de fin de la relación laboral con tu empresa dispones de 15 días hábiles (no cuentan festivos, ni sábados y domingos) para hacer la solicitud. 

Puedes solicitarla: 

  • En la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal. Es necesario que tengas disponible DNI electrónico, certificado digital, usuario y contraseña cl@ve. 
  • Presencial en las oficinas del SEPE (pidiendo cita previa en la sede electrónica o por teléfono). Una vez que entramos en el sistema, hay que introducir los datos (código postal y DNI). Tras efectuar este paso te indicará la oficina qué te corresponde y podrás escoger la hora que mejor te convenga.

Otra manera es cumplimentar el formulario de pre-solicitud. Después de enviarlo un trabajador del SEPE contactará contigo para finalizar el trámite.

  • Acudiendo a cualquier oficina del Registro Público. 
  • Enviando un correo administrativo. 

Si necesitas más información puedes obtenerla en el teléfono de atención a la ciudadanía. 

La documentación que debes aportar es la siguiente: 

  • Modelo oficial de solicitud del subsidio
  • Documentos de identificación de la persona solicitante, su cónyuge y de los hijos que conviven con ella o estén a su cargo y que aparezcan en la solicitud: 
    • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte. 
    • Extranjeros residentes en España: 
      • Nacionales de la Unión Europea: certificado de registro de ciudadano de la UE, en el que figura NIE junto con el documento o pasaporte identificativo de su país de origen. 
      • No nacionales de la Unión Europea: tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el que figura el NIE y el pasaporte. Certificado de empresa en el que se acredita la situación legal de empleo. 
  • Certificación del Registro Civil de nacimiento o Libro de familia. Si eres extranjero, la hoja equivalente a los citados con traducción oficial al español. 
  • Documento bancario en el que conste el número de cuenta donde quieres recibir el subsidio. 
  • Justificante de las rentas, si así lo requiere el SEPE. 

Concesión y denegación

El INEM resolverá la solicitud durante los 15 días siguientes a su presentación. 

En el caso de que te concedan el subsidio enviarán un escrito a tu domicilio en el que se especifican todos los datos como la duración de la ayuda, la cantidad a recibir, la fecha de pago y la entidad bancaria donde se efectuará el ingreso. 

Y si la deniegan te comunicarán los motivos de la no concesión a través de una carta explicativa y tendrás la posibilidad de formular alegaciones. 

También puedes conocer el estado de la petición consultando el expediente online del trabajador en la web del SEPE.

Subsidios parciales

Tras la reforma RD 20/2012 del 13 de julio 2012 las condiciones para el subsidio por cotización insuficiente han cambiado por lo que si el último de los contratos es a tiempo parcial el desempleado solo recibirá la parte proporcional del subsidio, es decir, el equivalente a las horas previamente trabajadas. 

Esto afecta a todos los subsidios por desempleo en general y no se aplica a ayudas específicas como el subsidio de mayores de 52 años, la Renta Activa de Inserción o el subsidio extraordinario por desempleo (SED). 

Teniendo en cuenta el IPREM de 2021 y la cuantía del subsidio que es del 80% se percibiría 451,90 euros por una jornada completa, por lo que en el caso de un contrato parcial tendrá derecho al 50% del subsidio, siendo 225,96 euros al mes. 

Respecto a su duración no varía con relación a aquellos desempleados de jornada completa.  

Así que presta atención a tus últimos contratos antes de pedir el paro, puesto que si es a tiempo parcial puede ocurrir que te abonen el subsidio también parcialmente. 

Subsidios para autónomos

Si eres autónomo y has cesado tu actividad, pero no cumples los requisitos para cobrar el paro, podrás solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización. 

De hecho, tienen las mismas condiciones que cualquier otro trabajador por cuenta ajena que opta por esta prestación. 

Si es tu caso échale un vistazo a los requisitos y documentación necesarios para esta ayuda (los encontrarás en el apartado correspondiente de este artículo). 

subsidio para desempleados

Otras ayudas para desempleados

Es imprescindible que conozcas cuáles son las otras opciones que tienes para que puedas cobrar la prestación que te corresponda. Te las contamos a continuación:

La ayuda familiar

O también conocida como “subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, con cargas familiares.”

Esta ayuda es para quién carece de rentas, cuenta con responsabilidades familiares (cónyuge o hijos menores de 26 años a su cargo) y han finalizado el paro por haber trabajado más de un año sin que hayan podido encontrar empleo. Puede extenderse desde 18 hasta 30 meses, en función de cada caso.

El subsidio para mayores de 45 años

No lo confundas con la Renta Activa de Inserción (RAI) para mayores de 45 años. 

Este subsidio es para aquellos que tienen 45 años o más, ya han agotado la prestación contributiva por desempleo, sin cargas familiares y no disponen de ningún tipo de renta. Su duración máxima es de 6 meses. Y su cuantía mensual es igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), es decir, 451,92 euros.

Será requisito indispensable estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación y que no se haya rechazado una oferta de trabajo adecuada.

Subsidio para mayores de 52 años 

Al igual que la anterior, esta prestación se enfoca en las personas de 52 años o más que han agotado el subsidio por desempleo, debiendo cumplirse algunos requisitos como: 

  • Haber sido demandante de empleo en el transcurso del mes en el que se agotó la prestación. 
  • Firmar y acatar el compromiso de actividad. 
  • No ser fijo discontinuo. 
  • Carecer de rentas propias que sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional en cómputo mensual. 

La duración de esta ayuda se prolongará hasta que el beneficiario alcance la edad que se exige para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación. Y su cuantía mensual será igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM). 

Ingreso Mínimo Vital

Esta ayuda especial da cobertura a más de 800000 personas sin recursos. Para percibirla se exige cumplir los requisitos de vulnerabilidad económica, pero no las cotizaciones por desempleo. 

Tiene el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad familiar y no disponen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.

La Seguridad Social ha puesto a disposición de los ciudadanos un simulador para comprobar el Ingreso Mínimo Vital, puedes acceder a él en el siguiente enlace.

Ayudas para colectivos específicos

El SEPE cuenta con varias ayudas para desempleados de ciertos colectivos tales como: 

  • Emigrante retornados. 
  • Extranjeros no comunitarios que quieren volver a su país.
  • Víctimas de violencia de género. 
  • Trabajadores eventuales agrarios. 
  • Aquellos que han salido de prisión. 
  • Quién han perdido una pensión por la mejora de una incapacidad. 

Renta Activa de Inserción (RAI)

Aquellas personas que están en paro y no tienen derecho al subsidio por desempleo y tampoco a la prestación contributiva pueden solicitar la renta activa de inserción. Eso sí, es preciso que cumplas estos requisitos: 

  • Estar en paro e inscrito como demandante de empleo. 
  • Firmar el compromiso de actividad.
  •  Ser menor de 65 años.
  • No disponer de ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), eximiendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • No haber sido beneficiario de la RAI durante los 365 días anteriores a la fecha de solicitud de admisión. 

La duración de la RAI se extenderá como máximo durante 11 meses y se cobrará al día siguiente de la solicitud, siendo su cuantía igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

Subsidio Extraordinario por Desempleo o SED

Una ayuda excepcional para aquellas personas con cargas familiares que han agotado otras prestaciones destinadas a ese colectivo.  

Fue creado en 2018 para sustituir al Plan Prepara y al PAE (Programa de Activación para el Empleo) y en 2021 aún se mantiene en vigor. 

Su cuantía es de 451 euros mensuales y se podrá cobrar a lo largo de seis meses como máximo, que no pueden se renovados.   

Rentas de Inserción de las Comunidades Autónomas

Ayudas que conceden las Comunidades Autónomas para aquellas personas que están sin ingresos y con riesgo de exclusión social. Cada Renta de Inserción varía según la Comunidad, tiene sus propias normas de acceso y periodo de duración, aunque su objetivo es cubrir las necesidades de una persona o unidad familiar y suele ser compatible con el cobro del Ingreso Mínimo Vital. 

Sus requisitos siguen una pauta común como: 

  • Estar empadronado en la comunidad donde se solicita. 
  • Tener entre 25 y 65 años. 
  • Haber solicitado alguna ayuda a la que se pueda tener derecho. 

Este tipo de prestación es no contributiva por lo que no supera el 70% del salario mínimo y en algunos casos consta de dos partes: una fija y otra variable según las condiciones de la unidad familiar (hijos, personas con minusvalía). 

Todas estas opciones que te hemos enumerado son medidas extraordinarias para casos en los que la reinserción laboral se complica sobremanera. De hecho, su objetivo, además de ayudar al solicitante, es facilitarle el acceso al mundo laboral.

Ahora ya sabes un poco más sobre el subsidio por insuficiencia de cotización y cómo tienes que solicitarlo. Pero si todavía te queda alguna duda complementa tu información en la propia página del SEPE.


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